Sello Logistop
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¿Qué es el sello de Logistop?
Es la utilización de la marca de la Plataforma Tecnológica en Logística Integral, Intermodalidad y Movilidad como reconocimiento de la alineación de proyectos de I+D+I concretos a las acciones clave y líneas de actuación que la Agenda Estratégica de Investigación (AEI) de la plataforma incluye.
El Sello de Logistop avala la alineación de un potencial proyecto con la AEI, y por tanto con los intereses de la Plataforma y sus miembros, según su propuesta. Esta propuesta de proyecto es evaluada por la Secretaría Técnica y un Consejo Asesor Científico Técnico en su caso.
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¿Qué tipo de proyectos pueden llevar este Sello?
La temática debe estar enmarcada en el alcance de la Plataforma y el proyecto debe pertenecer a una de estas tipologías:
- Investigación fundamental orientada o no orientada
- Investigación aplicada
- Desarrollo experimental
- Proyectos de innovación
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¿En qué se beneficia el proyecto y las entidades que en él participan, de tener el Sello de Logsitop?
La entidad que lleve a cabo el proyecto concreto con un Sello concedido podrá disponer de los medios de difusión de la Plataforma para diseminar los resultados del mismo.
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¿Cuál es el proceso de solicitud del sello de Logistop?
El proceso de solicitud del sello de Logistop es el siguiente:
1. Cumplimentar el documento que aquí se adjunta (anexo I).
2. Imprimir la solicitud, firmarla por el responsable de la investigación y enviar el documento firmado escaneado a la Secretaría de la Plataforma a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
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¿Cómo se materializa el sello de Logistop?
Se trata de un certificado sellado por la Secretaría de la Plataforma.
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¿Cuándo recibiré la respuesta sobre la concesión del sello de Logistop?
La Secretaría Técnica enviará la confirmación por e-mail de la recepción telemática de la solicitud, y en un plazo estimado no superior a 5 días hábiles se comunicará vía e-mail la resolución. Se procederá a l envío por correo ordinario del Sello, en caso de concesión del mismo, siempre y cuando la Secretaría haya recibido previamente la solicitud física del mismo.